En el marco de la campaña “Menos trámites, más simples” que viene implementando el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo desde el pasado mes de diciembre donde se han realizado modificaciones, intervenciones, automatización y eliminación de requisitos en más de 140 diferentes procedimientos.

Ahora, el Ministerio se encuentra enfocado en el área de las zonas francas, para lo cual se ha requerido la intervención de la DIAN. La representante de la cartera de Comercio, María Lorena Gutiérez ha resaltado la capacidad que tienen éstas para atraer la inversión extranjera al país, destacando que “las zonas francas son el mejor instrumento con el que cuenta Colombia para atraer y aumentar las exportaciones”.

En el país existen 111 zonas francas de las cuales 69 son uniempresariales, mientras que en las 42 restantes operan cerca de 950 empresas de los diferentes sectores de la economía. Por lo cual, esperan poder mejorar todo lo relacionado con estos trámites.

Para las zonas francas hasta ahora se eliminaron tres trámites y siete más se simplificaron, mismos que son los siguientes:

  • Las empresas que realizan la fabricación de bienes en estas áreas ahora podrán realizar importaciones de piezas de reemplazo o repuestos que necesitan para sus procesos que sean elaborados o transformados dentro de las zonas francas. Aunque estas importaciones no podrán ser mayores al 25% de los ingresos totales que maneje la empresa.
  • Los usuarios comerciales ahora podrán realizar traslados de mercancías provenientes del exterior que se encuentren en depósitos por vencimiento de términos a la zona franca. Antes solo podían hacerlo los usuarios industriales.
  • Para realizar cambio de usuario en la zona franca ya no será necesario esperar un mes mientras que se realizaba la salida del antiguo y la postulación del nuevo. Igualmente se han reducido los requisitos que permitan autorizar a un usuario para ser operador provisional mientras que éste opere o administre en otra zona franca.
  • El usuario operador ahora podrá solicitar de manera directa ante la DIAN la certificación libre de deudas con esa entidad. Ya no es necesaria la intermediación del ministerio de Comercio.
  • El plazo de traslado de carga, tanto a granel como de grandes volúmenes desde su lugar de arribo hasta la zona franca se aumentó de 5 a 15 días hábiles.
  • El Formulario de Movimiento de Mercancías, que es aquel que se requiere para autorizar tanto el ingreso como la salida de mercancías de las zonas francas se podrá ajustar en tres diferentes casos: ya sea por el cambio de datos definitivos o provisionales, por el tiempo de ingreso de gráneles y grandes volúmenes y por las fechas para las mercancías que ingresan por tuberías , redes o ductos.
  • El usuario comercial ahora tendrá potestad de presentar el Formulario de Movimiento de Mercancías con datos provisionales en los casos cuando envíe mercancías al resto del mundo. Antes esto solo podrían hacerlo los usuarios industriales.

Por otra parte se eliminaron los siguientes trámites:

  • Requisitos adicionales para el traslado total de las operaciones de un usuario ya sea industrial o comercial de una zona franca permanente a otra que tenga las mismas características.
  • Autorización del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo para descalificar a aquellos usuarios en casos de la disolución de las empresas por liquidación o solicitud.
  • La exigencia del certificado de integración, que es el documento que registra la participación de materias primas nacionales y extranjeras de los productos que se realicen dentro de la zona franca.

    Redacción: ColombiaEmpresarial.com.co

Por editor2

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