COLOMBIA (AndeanWire, 04 de Febrero de 2016) La Superintendencia de Industria y Comercio confirma multa impuesta a JORGE HANÉ LABORATORIES COLOMBIA, por un valor superior a 700 millones de pesos, por publicidad engañosa de su producto “JORGE HANÉ REDU FAT FAST”.
La Superintendencia evidenció que el producto “JORGE HANÉ REDU FAT FAST” no cuenta con estudios médicos o científicos contundentes para demostrar que sirve para eliminar grasa, reducir peso o disminuir medidas corporales, tal y como se desprende del análisis de las piezas publicitarias.
En la misma decisión, la Superindustria confirmó la orden de cesar la publicidad que la sociedad sancionada ha venido emitiendo sobre el producto “JORGE HANÉ REDU FAT FAST” y, en su lugar, le ordenó difundir publicidad correctiva en la que introduzca de manera notoria, visible y legible, la leyenda “REDU FAT FAST ES UN SUPLEMENTO DIETARIO, NO UN PRODUCTO PARA BAJAR DE PESO”.
En la investigación de la Superintendencia, se evidenció que el producto “JORGE HANÉ REDU FAT FAST” tiene registro sanitario del INVIMA como suplemento dietario, lo que indica que no produce efectos terapéuticos o beneficios para la salud, tales como la eliminación de grasa o reducción de peso, pues de generar tales resultados su registro sanitario debería corresponder al de un medicamento.
Esta decisión se adopta para proteger a los consumidores colombianos, especialmente a los de menores ingresos, quienes pueden ver afectadas sus decisiones de consumo cuando los anunciantes emplean afirmaciones, proclamas o mensajes engañosos en su publicidad en violación de las normas establecidas en el Estatuto del Consumidor y otras disposiciones.

Mediante Resolución No. 2708 de 2016, la Delegatura para la Protección del Consumidor de la Superintendencia de Industria y Comercio confirmó, en segunda instancia, la multa impuesta a JORGE HANÉ LABORATORIES COLOMBIA S.A.S., por publicidad engañosa de su producto “JORGE HANÉ REDU FAT FAST” por valor de SETECIENTOS OCHO MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL PESOS ($708.785.000.oo).

De la misma manera, se confirmó la orden de cese de la publicidad del suplemento dietario “JORGE HANÉ REDU FAT FAST”, y la difusión de publicidad correctiva en las mismas condiciones de la difusión original, en la que introduzca de manera notoria, visible y legible para el consumidor, la leyenda “REDU FAT FAST ES UN SUPLEMENTO DIETARIO, NO UN PRODUCTO PARA BAJAR DE PESO”.

El caso concreto

La Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor de la Superintendencia de Industria y Comercio, inició de oficio una investigación administrativa contra JORGE HANÉ LABORATORIES COLOMBIA S.A.S. por la presunta infracción de los artículos 29 y 30 de la Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor) por hechos relacionados con publicidad engañosa de su producto “JORGE HANÉ REDU FAT FAST”, luego del análisis preliminar de las piezas publicitarias emitidas a través de diferentes medios de comunicación.

Analizado el material probatorio, tanto en primera como en segunda instancia, la Superindustria concluyó que el mensaje que se deriva del conjunto de piezas publicitarias que contienen el anuncio explícito “Gurú Internacional de la Pérdida de Peso”, reforzado por afirmaciones como “yo te lo garantizo” o “porque funciona” (emitidas por quien se atribuye la calidad de ‘Gurú Internacional de la Pérdida de Peso’), corresponde a que el suplemento dietario “JORGE HANÉ REDU FAT FAST”,supuestamente sirve para eliminar grasa, reducir peso o disminuir medidas corporales.

Así las cosas, la Superintendencia determinó, tanto en primera como en segunda instancia, que el mensaje transmitido al consumidor resulta engañoso, pues dichos resultados de eliminación de grasa, reducción de pesos y disminución de medidas, NO coinciden con la realidad, ya que NO existen soportes científicos ni técnicos que demuestren que el producto efectivamente genera los resultados atribuidos.

Finalmente, en la investigación de la Superintendencia, se evidenció que el producto “JORGE HANÉ REDU FAT FAST” tiene registro sanitario del INVIMA como suplemento dietario, lo que indica que no produce efectos terapéuticos o beneficios para la salud, tales como la eliminación de grasa o reducción de peso, pues de generar tales resultados su registro sanitario debería corresponder al de un medicamento.

La Sanción

La Superintendencia de Industria y Comercio confirmó en segunda instancia, la multa impuesta aJORGE HANÉ LABORATORIES COLOMBIA S.A.S., por publicidad engañosa de su producto “JORGE HANÉ REDU FAT FAST” por valor de SETECIENTOS OCHO MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL PESOS ($708.785.000.oo) equivalentes a MIL CIEN SALARIOS MÍNIMOS LEGALES MENSUALES VIGENTES (1.100 SMLMV).

No procedencia de recursos

Contra la decisión de la Superintendencia de Industria y Comercio NO procede ningún recurso.

Audio: Mónica Andrea Ramírez Hinestroza, Superintendente Delegada para la Protección del Consumidor.

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